CÓMO SE DIVIDE UNA HERENCIA
En una publicación anterior os aclarábamos los principales conceptos a tener en cuenta cuando nos llega el momento de recibir una herencia.
Como ya sabemos, la cantidad de bienes que se van a recibir depende de si somos herederos universales o herederos legitimarios, y el número total de herederos.
Aceptada la herencia, llega el momento de repartir los bienes que la forman, abonando así a cada heredero la porción que le corresponda.
Para saber como se divide una herencia, el primer paso es conocer si existe o no testamento.
COMO SE DIVIDE UNA HERENCIA CUANDO EXISTE TESTAMENTO
Resulta frecuente que quién dejó testamento disponga la forma concreta en que debe ser repartida la herencia. Ya no solo las cuantías que forman la parte de cada heredero o legitimario, sino enumerando los bienes que forman esas partidas.
Siendo así, siempre que se respeten las cantidades correspondientes a las legítimas, habrá de mantenerse lo dispuesto en el testamento, entregando a los herederos los bienes en él descritos.
Dicho esto, debemos tener presente que aunque consideremos que hemos sido perjudicados por los bienes que nos han tocado, debemos aceptar el reparto, salvo que pueda impugnarse la validez del testamento.
Otro aspecto a tener en cuenta, es que el pago de las legítimas puede hacerse con dinero en metálico de los herederos universales, manteniendo éstos la propiedad de todos los bienes que formaban la herencia.
Incluso si la herencia está formada por una sociedad o acciones de una sociedad, el testador puede impedir su reparto, ordenando que el pago de la legítima se haga en metálico.
Otra opción es que en lugar de repartir los bienes, el testador deje designada la persona responsable de llevar a cabo esa tarea. Debiendo respetarse la partición que ésta haga, siempre que cumpla las normas previstas.
Si no designa a una persona concreta, los herederos que sumen al menos el 50% podrán escoger al responsable de la partición de los bienes.
Eso sí, la repartición final habrá de ser aprobada por el Secretario judicial o por el Notario, según el caso, salvo que todos presten su conformidad de manera expresa, lo que quiere decir, por escrito y con firma manuscrita, a fin de evitar problemas futuros.
COMO SE DIVIDE UNA HERENCIA CUANDO NO EXISTE TESTAMENTO, O EXISTIENDO NO REPARTE LOS BIENES
En este caso, todos los herederos habrán de ponerse de acuerdo para llevar a cabo el reparto. Para que el reparto sea válido habrá de respetarse lo siguiente:
- Todos las partes deberán contar con lotes de la misma naturaleza, calidad o especie.
- Todos los herederos participan de los gastos de conservación de la herencia.
- Todos los herederos participan de los gastos ocasionados por la partición de la herencia.
- Si se trata de un bien indivisible, como un piso o un coche, podrá adjudicarse a un heredero concreto, debiendo éste abonar la parte que corresponda al resto.
- Si uno solo de los herederos no estuviese de acuerdo con lo anterior, habrá de subastarse el bien, para poder llevar a cabo la partición del precio obtenido.
Pese a las normas generales descritas, si los herederos no llegasen a un acuerdo en el reparto de la herencia, solo queda acudir a la partición judicial de la misma.
PARTICIÓN JUDICIAL DE LA HERENCIA
Cuando no existe acuerdo posible entre los herederos, habrá de solicitarse la división judicial de la herencia.
El juzgado citará a una vista a todos los herederos, y demás partes interesadas en la herencia. En dicha reunión habrá de acordarse la persona encargada de realizar la partición de la herencia y de los peritos que fuesen necesarios para valorar los bienes.
Si tampoco se alcanzase un acuerdo en estos extremos, se designaran por sorteo entre la lista de profesionales que a tal efecto disponen los juzgados.
Seguidamente, la persona designada debe realizar un inventario de todos los bienes que forman la herencia, dotando de valor a cada uno de ellos.
Después, poniendo a salvo el pago de las legítimas, habrá de forman las partidas que corresponden a cada heredero respetando las reglas fijadas en el apartado anterior, así como las disposiciones que pudieran existir en el testamento.
De estas partidas se dará cuenta a todos los herederos para que puedan oponerse si así lo consideran necesario. Existiendo oposición finalmente se celebrará juicio, decidiendo el juez en sentencia la forma concreta de dividir la herencia.
Un aspecto importante es que la división judicial de la herencia permite la intervención de los bienes por parte del juzgado. Es decir, será el juzgado el encargado de proteger, asegurar y conservar los bienes hasta que se divida la herencia, entregando a cada heredero lo que le corresponda.
Indudablemente ello supondrá un gasto adicional, pero puede ser necesario e interesante en aquellos casos en los que existan sospechas de que puedan desaparecer bienes antes de su reparto.
Por último finalizar recordando que aquellos bienes que hayan sido entregados en vida del causante de la herencia, a través de pacto de mejora serán tenidos para el pago de las legítimas, en su caso.